ETIQUETADO DE OGM´S. El Poder Ejecutivo brasileño decretó el etiquetado obligatorio de alimentos e ingredientes de alimentos destinados a consumo humano y animal, y alimentos e ingredientes de alimentos producidos con animales alimentados con piensos modificados genéticamente. El etiquetado deberá constar tanto en el envase del producto (sea empaquetado o a granel) y en la factura comercial en todas las etapas de la cadena productiva. El nivel de tolerancia permitido en caso de presencia advenediza es del 1%. Esto modifica el nivel de tolerancia del 4% que regía hasta ahora y que se aplicaba solamente a los alimentos empaquetados genéticamente modificados. La norma, que ya se encuentra en vigencia, exceptúa del etiquetado a los alimentos destinados a consumo humano o animal producidos a partir de soja cosecha 2003 para la cual Brasil dictó la Medida Provisoria Nro 113, permitiendo por única vez la comercialización de soja genéticamente modificada que deberá se eliminada desde la campaña 2004. Argentina presentó una nota de reclamo a Brasil por esta medida, en tanto estima que no tiene fundamento científico y entraña una discriminación comercial cuyo efecto es una restricción injustificada al comercio internacional. Institucionalmente, en el ámbito del MERCOSUR, Argentina podría recurrir a las consultas formales o reclamaciones en el ámbito de la Comisión de Comercio o a las negociaciones directas y recursos ulteriores en el marco del Protocolo de Brasilia sobre solución de controversias. Eventualmente, mantiene la posibilidad de reclamar ante el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC.
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BRASIL – OGM´S
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