La Dirección General (DG) de Mercados Internos de la Comisión Europea emitió un dictamen interpretativo de la Directiva 98/44/EC referido al alcance de la protección que otorga, a la empresa Monsanto, la patente conferida sobre la soja RR. El dictamen se emitió en el marco de restricciones a la importación de harina de soja en la UE por alegaciones de violación de patentes a la soja RR de la empresa Monsanto. El mencionado informe apoya la posición Argentina, sostenida ante los tribunales europeos de Holanda y Alemania. Según el mismo las alegaciones de Monsanto carecen de fundamento legal (Directiva 98/44/EC) en tanto las harinas de soja no están alcanzadas por el ámbito de protección que otorga la patente a la soja RR. Esto se debe a que la información genética protegida no pueda ejercer su función como tal, esto es la de ser resistente al glifosato, en el producto derivado. En consecuencia, no se viola ningún derecho intelectual que amerite interrumpir las importaciones. El dictamen proviene del órgano especializado en propiedad intelectual en el seno de la burocracia comunitaria y podría influir las decisiones de las aduanas de interrumpir importaciones cuando suponen la violación de un derecho de patentes (mediante un procedimiento administrativo de tipo “precautorio”). Por otro lado, el dictamen no condicionará directamente sobre los conflictos judiciales que lleva adelante la empresa Monsanto con importadores holandeses y daneses, y en los que Argentina participa como tercera parte, aunque seguramente será aportada en tales procesos.
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UE – PATENTES POR SOJA RR
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