EL 11 DE DICIEMBRE DE 2001 PPDO. LA REPÚBLICA POPULAR CHINA (RPC) INGRESÓ COMO MIEMBRO PLENO A LA OMC. Esto implica para el país adaptar su normativa interna a las disciplinas comerciales internacionales. El “corset” al que se encuentra restringida la actuación de China implica un beneficio en sí mismo, ya que da “previsibilidad” al accionar del país y abre la posibilidad de ser demandada ante sus incumplimientos en el ámbito institucionalizado y reconocido por la comunidad económica internacional. Traerá aparejada la ampliación y eliminación progresiva de las cuotas de importación de determinados productos, reducciones arancelarias, eliminación de las licencias de importación, y diferentes porcentuales de reducción de comercio por parte de empresas estatales. En el caso del aceite de soja la cuota se eliminará en el 2006, y quedará abierta la importación con un arancel general del 9% en el mismo período. El aceite de palma (producto sustituto del aceite de soja y de importancia en la región asiática) también tendrá para 2006 eliminación de la cuota e idéntico arancel. Ambos productos están sujetos a comercio estatal, reduciéndose la participación de éste a un 6% desde el 2006. Con ello se abre una oportunidad creciente para la participación del sector privado que debe ser estudiada. Tanto el trigo como el maíz , se encontrarán sujetos a cuotas, ampliándose éstas hasta alcanzar las 9.636.000 tm y 7.000.000 tm respectivamente en el 2004, con un arancel intra cuota del 1% y extracuota del 65% a partir del 2006. Ambos están sujetos a comercio estatal, totalmente en la actualidad en la actualidad y desde el 2006 para el trigo en un 90% y el maíz en un 60% Tanto la administración de la cuotas como el comercio por empresas estatales deberán estar sujetos a reglas comerciales y de transparencia de acuerdo a los compromisos asumidos con el ingreso a al OMC. Asímismo, deberá cumplir con los compromisos del GATT 1994. Al respecto es de particular importancia para el sector oleaginoso el cumplimiento del trato nacional en la aplicación de impuestos internos a las mercaderías importadas.
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CHINA EN LA OMC
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