El 29 de septiembre el Ministerio de Comercio de China estableció las reglas de implementación para las cuotas de importación correspondientes a aceite de palma, soja, colza y azúcar. Asimismo, se introdujeron reformas a la administración de las cuotas de importación para productos agrícolas y las condiciones de distribución de las cuotas de granos y algodón para el próximo año. Las cuotas podrían ser solicitadas por los importadores entre el 15 y el 30 de octubre del corriente y asignadas por el Ministerio de Comercio antes del 1 de enero del 2004. Recordamos que según el compromiso de China en su ingreso a la OMC las cuotas para los productos de interés correspondientes al año 2004 son: para trigo y harinas de trigo una cuota de 9.052 .000 Tm, con un arancel intra-cuota de entre 1 y el 10 % (según el producto); para maíz y harinas de maíz 6,525,000 Tm con un arancel intra-cuota de entre el 1 y el 10%; para aceite de soja la cuota es de 2,818,000 con un arancel intra cuota del 9%, para el aceite de palma es de 2,600,000 Tm con un arancel intra-cuota del 9%, para el aceite de colza la cuota es de 1,018,600 mt con un arancel intra-cuota del 9%. A su vez, aumentará la participación de los privados en los montos de adjudicación de dichas cuotas, siendo este año del 18 % la participación de empresas estatales.
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CHINA EN LA OMC
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