El USTR publicó su informe anual 2004 sobre las barreras al comercio en diferentes países durante el año anterior, en este caso nos referiremos a las correspondientes a China. El informe reitera, en materia de productos agrícolas, algunas irregularidades observadas en años anteriores: la imprevisibilidad de las regulaciones sobre biotecnología, las referidas a la administración de los contingentes arancelarios, aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias y los subsidios a las exportaciones de maíz. Respecto de las regulaciones sobre biotecnología acentúa la imprevisibilidad de las normas de etiquetado de commodities genéticamente modificados que, estando vigentes desde 2001, no se aplican o se aplican esporádicamente. En otro orden, se insiste con la aplicación de subvenciones a las exportaciones de maíz, aunque reiteran que es difícil su cálculo debido a la falta de transparencia de los procedimientos de exportación. Se destaca que las nuevas regulaciones sobre administración de cuotas, a partir de enero de 2004, solucionarían varios de los problemas detectados como ciertos requisitos para las licencias, la imposibilidad de determinar los beneficiarios de las adjudicaciones y la eliminación de la adjudicación “dividida” de la cuota (es decir, una parte de la cuota es general y otra parte se adjudica exclusivamente bajo la condición del producto importado sea procesado).
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CHINA EN LA OMC
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