Desde el 4 de diciembre el Comité de Gestión de la UE está autorizando licitaciones para la cuota de maíz de España a un arancel reducido. El monto de la cuota por el momento es de 700 mil Tm. Recordemos que en septiembre la Comisión Europea por Reglamento 1558/05 modificó el Reglamento 1839/95 que regula las importaciones con arancel reducido dentro de la cuota para su entrada en Portugal de 500 mil Tm de maíz y en España de 2 millones de Tm de maíz. El cambio es sobre el artículo 5 del Reglamento 1839/95 y da una mayor flexibilidad a las autoridades europeas para no conceder tal rebaja arancelaria dentro de la cuota. La versión actual del reglamento dice: “podrá aplicarse una reducción del tipo del derecho de importación…”, mientras que el anterior decía: “se aplicará…”. Según los compromisos contraídos por la UE ante la OMC, ésta debe fijar un arancel intra cuota tal que permita llenar la cuota. Solo en el caso de las importaciones que entren por Portugal el compromiso de la UE, además del antes citado es que dicho arancel no sea superior a los 50 €/Tm. Por el momento la modificación al reglamento no ha traído inconvenientes y la UE está cumpliendo en otorgar la cuota con un arancel reducido.
Leer en pdf »
UE – MAÍZ
previous post

