El pasado 12 de junio el Consejo de la Unión Europea, en reunión de los 28 ministros de Medio Ambiente del bloque, alcanzó un acuerdo político sobre la posibilidad de que los Estados Miembro restrinjan o prohíban el cultivo de organismos genéticamente modificados (OGM) en su territorio.
Se trata de una cuestión de larga data, que tuvo su puntapié inicial allá por 2010.
Consiste en establecer una base jurídica sólida dentro del marco legislativo correspondiente de la UE, para permitir a los Estados que restrinjan o prohíban, en la totalidad o en parte de su territorio, el cultivo de OGM que hayan sido autorizados o estén en proceso de autorizarse a escala de la UE.
Se prevé un procedimiento de dos fases cuando una empresa presente una petición para autorizar el cultivo de un transgénico. Preliminarmente, y como hasta ahora, la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) evaluará los riesgos para la salud y el medio ambiente, que hasta ahora eran los únicos motivos reconocidos para prohibir un OGM en toda la UE.
En la primera fase del procedimiento, los Estados Miembro podrán notificar a la Comisión que desean verse excluidos del campo geográfico en el que se permite el cultivo del transgénico en cuestión. Bruselas negociará en nombre de los países y si la compañía acepta las restricciones propondrá que el transgénico se autorice únicamente en los países que no se oponen.
Si la empresa rechaza reducir el campo geográfico de su solicitud de autorización, en la segunda fase los Estados Miembro informarán sobre los motivos que pretenden invocar para prohibir el cultivo en su territorio. Estos motivos, que pueden invocarse de forma individual o combinada, deben ser distintos a los que evalúa la EFSA.
Uno de los aspectos principales del acuerdo, es que se ha introducido una lista no exhaustiva de los posibles argumentos que los Estados pueden utilizar para restringir o prohibir la autorización; que incluye razones medioambientales o socioeconómicas, uso del suelo, ordenación urbana, objetivos de política agrícola y asuntos de orden público.
Una vez que el cultivo del transgénico reciba la autorización de la UE, los Estados Miembro en cuestión podrán prohibirlo en su territorio bajo el argumento esgrimido durante la segunda fase.
Concretamente, se busca desbloquear los procedimientos de autorización de nuevos cultivos transgénicos en la UE, que llevan años paralizados porque los países no logran mayorías suficientes ni para vetarlos ni para aprobarlos, lo que obliga a la Comisión a asumir la decisión final. Se espera que al dar libertad a cada país para cultivar o no, las aprobaciones de OGM logren destrabarse.
A este acuerdo político tiene que seguirle la adopción formal por parte del Consejo de su posición en primera lectura. Se espera que la Presidencia italiana inicie negociaciones (en segunda lectura) con el recién elegido Parlamento Europeo a inicios del otoño (boreal) de 2014.

