COMPETENCIA DE LAS EXPORTACIONES. Reducción subsidios directos a la exportación: En Hong Kong se acordó la eliminación de los subsidios directos a la exportación y las medidas de efecto equivalente para el 2013 y deberá haber una reducción sustancial para la primera mitad del período de implementación. Créditos, seguros y garantías a la exportación: Los créditos de más de 180 días deberán eliminarse al igual que los subsidios directos a la exportación. Los inferiores a 180 deberán cumplir con una serie de disciplinas que se están negociando. En caso de no respetarse las disciplinas deberán eliminarse. En lo que respecta a la negociación de las disciplinas las aguas todavía están divididas. EE.UU., principal fuente de estos créditos, recientemente presentó una propuesta en la cual solicita una excepción al plazo del 180 días para el ganado de reproducción (propone 3 años de plazo para estos créditos); material de reproducción vegetal (1 año de plazo); y, productos agrícolas para los PMA, PED importadores netos de alimentos y PED en situaciones de emergencia (3 años). Como puede observarse con esta propuesta EE.UU. intenta mantener las mismas condiciones vigentes de los créditos a la exportación en muchos de sus actuales destinos. Opuesta a esta propuesta está la de la UE que establece 180 días sin excepción como plazo máximo para un crédito a la exportación. Además del plazo, se están negociando disciplinas en tasas de interés, primas, participación en el riesgo, autofinanciación, entre otras cosas. Ayuda alimentaria: El objetivo de disciplinar la ayuda alimentaria (AA) es lograr que su utilización no constituya una subvención a la exportación, desplazando operaciones de carácter comerciales. Se prevé la existencia de dos tipos de AA: la “ayuda de emergencia”, o “compartimento seguro”, y la “ayuda en otras situaciones”, aunque se difiere sobre el contenido y las disciplinas de las mismas. Mientras que la propuesta de Suiza y la UE son más rigurosas, la del Grupo Africano es más flexible. Estados Unidos, el principal proveedor de AA (50% del total), resiste cualquier disciplina en la materia. Los principales temas de discusión son a) tipo de AA (en dinero, especie o en especie transformable en dinero –monetizada-), carácter gratuito u oneroso de la AA, cuando se considerará que la AA es de emergencia (y por lo tanto sujeta a menores reglas) y, finalmente, como se auditará para que la AA cumpla con las reglas previstas.
Leer en pdf »
OMC
previous post

