Avanza el procedimiento. Finalmente el 19 de abril pasado Argentina presentó la primera fundamentación cabal de sus argumentos de hecho y de derecho cuestionando la aplicación por parte de Chile del fallo anterior del OSD, que consideró ilegales las bandas de precios aplicadas por el país transandino al trigo, las harinas de trigo y los aceites vegetales. Quince días después Chile presentó sus réplicas y Argentina debe hacer los comentarios correspondientes. En enero pasado, Argentina demandó nuevamente a Chile ante el Órgano de Solución de Diferencias del OMC (OSD) aunque, por dilaciones procesales, recién a mediados de abril se presentaron los argumentos de fondo. Chile eliminó la aplicación de las Bandas de Precios para las importaciones de aceites vegetales y mantuvo la medida con modificaciones para las importaciones de trigo y harina de trigo. Con posterioridad, en compensación, se habría comprometido entro otras cosas, a permitir el ingreso de cuotas arancelarias de harinas sin el arancel adicional proveniente de la salvaguardia. A cambio, Argentina se habría comprometido a no demandar a Chile ante la OMC. Sin embargo, por diferentes situaciones internas, Chile incumplió su parte del compromiso, dando motivo a esta nueva presentación ante la OMC.
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CHILE – SISTEMA DE BANDAS DE PRECIO
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