UE –Sistema Generalizado de Preferencias (SGP): El 1 de diciembre se conoció el informe del Grupo Especial declarando ilegal las preferencias unilaterales otorgadas por la UE en el marco del SGP, diseñadas especialmente para aquellos países que combaten los cultivos ilícitos o los que cumplen con determinado estándares laborales o ambientales. La demanda fue impulsada por la India y Paraguay, sosteniendo que las condiciones para acceder a las preferencias ofrecidas (no realizar cultivos ilícitos o cumplir determinados estándares ambientales o laborales) constituía una discriminación injustificada entre países en desarrollo, lo cual implicaba una discriminación injustificada dentro de lo reglado en la “Cláusula de Habilitación”. La misma, cabe recordar es una norma legal que fundamenta este tipo de medidas. El pronunciamiento podría afectar a otros esquemas similares, como el sostenido por EE.UU. para algunos países latinoamericanos. Japón – Medidas que afectan la importación de Manzanas. El 26 de noviembre se conoció el pronunciamiento del Órgano de Apelación de la OMC, que confirma la ilegalidad de las medidas sanitarias impuestas por Japón a las manzanas que importa desde EE.UU. Este pronunciamiento es importante en tanto ayuda a aclarar las imprecisiones de las que goza el Acuerdo sobre Medias Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (AsMSF). El Órgano de Apelación estableció la necesidad de la evaluación de riesgo en las medidas sanitarias y la necesidad de que la misma sea proporcional al riesgo existente, según los testimonios científicos en los que se fundamente. Además, adoptó un enfoque restrictivo sobre la interpretación del principio precautorio contenido en el AsMSF, estableciendo que el mismo no se aplica cuando existe incertidumbre científica sino cuando los testimonios científicos disponibles no permiten realizar una adecuada evaluación del riesgo. Australia-Régimen de cuarentena para las importaciones: En la reunión del 7 de noviembre pasado quedó establecida la constitución de un Grupo Especial para que dirima la controversia. Recordamos que la UE presentó, el 3 de abril de este año, un reclamo contra Australia ante la OMC por el estricto régimen de cuarentena aplicado por esta última a las importaciones de varios productos agrícolas (entre otros, carne de cerdo, lácteos, frutas, hortalizas y aves de corral). La UE estima que el sistema es aplicado discrecionalmente y sin fundamentación adecuada en evaluación de riesgo, contrariando al Acuerdo sobre Medidas Sanitarias de la OMC. El efecto de tales medidas sería el de una “prohibición a priori” de determinadas importaciones, constituyendo una restricción injustificada al comercio internacional.
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