NUEVA LEY AGRÍCOLA DE EE.UU. Ernesto Liboreiro y María Marta Rebizo, Director ejecutivo y Economista del INAI respectivamente, han comentado en distintas publicaciones periodísticas las notas salientes de esta ley . A continuación se resumen sus principales conclusiones. • Cambio en el enfoque global adoptado al aprobar la ley agrícola anterior (FAIR ACT 1996). La ley del 96 procuró que las decisiones sobre qué productos obtener, cómo producirlos y en qué cuantía, estuviesen más influenciadas por los precios de mercado que por los apoyos estatales. La nueva ley, en cambio, garantiza niveles de rentabilidad mínima que aíslan al productor de las señales del mercado en un escenario bajista de precios. • Garantiza un ingreso mínimo mediante la incorporación de precios meta o precios objetivos muy por encima de los precios sostén que regían con la ley anterior. Para el trigo y maíz se incrementan en casi un 50 y 40% respectivamente. Para la soja y girasol, en cambio, aumentan solo en un 10 y 5% respectivamente • Se crea un nuevo programa de “pagos contracíclicos” (que se suma a los dos más importantes ya existentes, Loan Deficiency Payment (LDP) o Market Loan Assistance (MLA) y Production Flexibility Contract (PFC)), que actúa mediante el precio meta u objetivo anteriormente mencionado. • Adicionalmente incrementa el precio sostén (vía LDP y MLA) para el trigo, maíz, sorgo, cebada, avena y girasol, mientras que disminuye el de soja y se mantiene el del algodón y el arroz. • Se incorpora a las oleaginosas en los programas de “Pagos contracíclicos” y de PFC (que con esta ley pasan a llamarse “Pagos directos”) • La nueva ley favorece fundamentalmente a los cereales en desmedro de las oleaginosas. Esto sucede tanto para la relación soja/maíz como girasol/trigo. Así, se puede inferir, que los EE.UU. presionarán más a la baja de los precios internacionales de los cereales que de las oleaginosas para los años 2003 a 2007. • La nueva ley podría aumentar los subsidios vigentes aunque dicho aumento depende del escenario de precios en el mercado mundial de los próximos años. • Consolida en su texto las ayudas contemplados por leyes de emergencia anteriores complementarias de la FAIR Act de 1996. • El salto surge cuando se comparan los niveles de subsidios que se pagarían en el contexto de la ley de 1996, sin tener en cuenta las leyes de emergencia de los años 1998, 1999, 2000 y 2001, con la ley de 2002. Si se comparan, en cambio, los niveles de subsidios de la ley de 1996 más las leyes de emergencias, con los emergentes de 2002, el cambio no será tan grande. (ver ejemplo para maíz en Anexo) • La nueva ley, al institucionalizar los niveles alcanzados con las leyes de emergencia, empeorará el proteccionismo vigente aportando una señal muy mala para las negociaciones en la Ronda del Desarrollo de la OMC. • Argentina no puede demandar ante la OMC a EE.UU. por el solo hecho de haber aprobado la ley. Se debe aguardar a que la ley se aplique y comprobar efectivamente el daño sobre nuestros agricultores. El daño se comprobaría por la caída de precios en el mercado internacional a causa de los subsidios norteamericanos. CUADRO COMPARATIVO LEY 1996 vs LEY 2002 Producto Ley Agric 1996-02 Ley Agric 2002-2007 Tasa fija para PFC 2002 Precio sostén o “loan rate” (u$s/Tm) Tasa fija para Pagos directos Precio sostén o “loan rate” (u$s/Tm) Precio objetivo (u$s/Tm) 2002-07 2002-2003 2004-2007 2002-2003 2004-2007 Trigo 16 95 19 103 101 141 144 Maíz 10 74 11 78 77 102 104 Sorgo 12 74 14 80 77 100 101 Cebada 8 76 11 86 85 102 103 Avena 1.2 70 1.4 78 77 81 84 Arroz 44 143 52 143 143 232 232 Soja 0 193 16 184 184 213 213 Girasol 0 205 18 212 205 216 223 Algodón 119 1146 147 1146 1146 1596 1596 Fuente: INAI elaborado en base a HR 2646. Nota: en US$/TM
Leer en pdf »
EE.UU. – LEY AGRÍCOLA
previous post

