La resolución del TJCE sostiene que el interesado no logró demostrar científicamente que en dicha zona de Austria ocurran situaciones excepcionales, específicas y novedosas que menoscaben la validez de las evaluaciones de riesgo que realizara la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaría (EFSA por sus siglas en inglés) y que deban dar lugar a valoraciones particulares. Por tal motivo, se consideró injustificada la concesión de un permiso (denominado legalmente “salvaguardia nacional”) para apartarse de la norma general que rige en el plano comunitario, es decir la liberalización al medio de los organismos genéticamente modificados aprobados por las autoridades europeas cumpliendo el procedimiento de la Directiva 18/2001. Recordamos que Austria es uno de los países que mayores restricciones aplican al comercio de OGM y particularmente la zona en cuestión, pretende ser reconocida como una zona libre de OGM por excelencia. A su vez, el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC ya habría declarado en 2006 la inconsistencia de las “salvaguardias nacionales” con las obligaciones que surgen de los Acuerdos de la OMC para la CE y sus miembros, por resultar infundadas científicamente.
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UE – OGM´S
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