El gobierno de Estados Unidos está evaluando aplicar una sanción comercial a la importación de productos argentinos, por la supuesta reticencia argentina a cumplir con los fallos del CIADI, el tribunal arbitral del Banco Mundial, respecto de los reclamos de las empresas norteamericanas Azurix y Blue Bridge sobre incumplimiento de contratos. El reclamo de las empresas surgió por la violación de contratos amparados por el tratado bilateral de protección de inversiones, tras el estallido de la crisis de 2001. Entre ambos suman US$ 400 millones, entre capital e intereses acumulados. Las empresas están ejerciendo presión sobre la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos -USTR, según sus siglas en inglés- para que se excluya al país del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), que beneficia a exportaciones argentinas con aranceles más bajos. Por su parte, la representación argentina en EE.UU. ha señalado, en diversas audiencias y por medio de misivas al USTR, que la postura de nuestro país es la de honrar los compromisos internacionales. Argentina reconoce los laudos del CIADI en ambos reclamos, pero señala que para proceder a la ejecución del laudo, conforme a los Artículos 53 y 54 del Convenio CIADI, las empresas demandantes deben iniciar los procedimientos de ejecución de sentencias ante los tribunales competentes de nuestro país. Asevera que se encuentra cumpliendo sus compromisos, actuando de buena fe, por lo que el reclamo de dichas empresas para que excluyan a Argentina de los países beneficiarios del SGP resulta improcedente. Por otro lado, las autoridades estadounidenses están evaluando diversas opciones, que podrían ir desde acotar en forma parcial los beneficios, hasta la perdida total de los mismos, excluyendo a Argentina del sistema de preferencias. Sin embargo, también deberán evaluar el posible perjuicio a importadores norteamericanos si se adopta esta sanción. El ex presidente de la Fundación Export-Ar Marcelo Elizondo precisó que el beneficio alcanza a unos US$ 300 millones en productos argentinos. Si la decisión consiste en quitar el beneficio «será un perjuicio más político que comercial», concluyó. Este beneficio comercial ahorra no menos de 40 millones de dólares anuales en aranceles a productores argentinos que colocan bienes en el mercado del Norte. El SGP es una herramienta de política comercial unilateral de EEUU, vigente desde 1974, que se implementó originalmente por diez años, para luego irse renovando hasta la actualidad. Sin embargo, últimamente sus prorrogas se han realizado por menor plazo, generalmente de un año. Asimismo, aquellos productos que han perdido el beneficio -por cumplir ciertos requisitos- no han podido volver a ser reinsertados. Un ejemplo destacado es la perdida de este beneficio por parte del biodiésel argentino en 2009 y la negativa a su redesignación en el corriente año. Como antecedente debe recordarse que en enero de 1997, en represalia por nuestra legislación en materia de patentes, el USTR retiró un 50% de los beneficios otorgados a través del SGP, basándose en lo establecido por la SECCION ESPECIAL 301 de la Ley de Comercio, vinculada a la protección de los derechos de propiedad intelectual. La medida afectó un total de 117 posiciones y entró en vigencia en mayo de ese año. En el año 2002, nuestro país recuperó parte del beneficio, luego de un compromiso del gobierno argentino de modificar la normativa. En ese entonces, se permitió eximirse del pago de los derechos de importación a 57 productos de origen argentino, entre los cuales se encontraban cueros y pieles, maíz amarillo, sorgo, manzanas secas y residuos de aceite de maní. Leer en pdf »