ACCESO A MERCADOS. En materia de acceso a mercados el marco de referencia es muy ambiguo y no establece ningún lineamiento concreto de “mejora sustancial del acceso a los mercados”, como establece el mandato de Doha. El acuerdo no da indicio alguno de cual podría ser el porcentaje de reducción de los aranceles de importación. Tanto los países desarrollados (PD) como los países en desarrollo (PED) podrían hacer reducciones arancelarias mínimas o aperturas de cuotas, también mínimas, para una cantidad de productos a acordar, considerados como “sensibles”. Tampoco se ha descartado que tanto los PD como los PED puedan seguir recurriendo a la salvaguardia especial, tal como existe actualmente, permitiendo subir el arancel cuando se verifica un incremento brusco de las importaciones o un descenso súbito de los precios. Los PED podrán, además, considerar a otros productos como “especiales”, pudiéndole dar a éstos un trato “más flexible”, es decir reducciones exiguas o inexistentes de los aranceles. Además, los PED podrán contar con un nuevo mecanismo de salvaguardia que se deberá negociar, pero que con seguridad permitirá elevar los aranceles bajo determinadas circunstancias. En conclusión, los PED dispondrían de una batería de instrumentos para mantener sus aranceles altos. Es pertinente destacar que las negociaciones continúan y este es el pilar de las negociaciones más difícil por la diversidad de intereses en juego. Recordemos que este aspecto de la negociación también puede ser abordado en otras negociaciones, como son las bilaterales o regionales, mientras que en los otros dos pilares (competencia de las exportaciones y medidas de ayuda interna) la negociación es casi exclusiva de la OMC.
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OMC
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