Por medio de una proclama de Trump, Argentina vuelve a gozar de preferencias de acceso al mercado estadounidense. El SGP estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2017, aunque se espera su renovación por parte del Congreso.
El pasado 22 de diciembre, el presidente de EE.UU., Donald Trump, envió al Senado de su país una proclama por la cual decidió agregar a Argentina a la lista de países en desarrollo beneficiarios del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) estadounidense.
Por medio del SGP, los países en desarrollo otorgan preferencias arancelarias unilaterales a determinados productos exportados desde países en vías de desarrollo, que reciben tratamiento preferencial y reducciones arancelarias significativas. Actualmente, se permite el ingreso libre de aranceles de casi 5.000 productos a EE.UU. desde 122 países beneficiados. Como se señaló, la preferencia se otorga de forma unilateral, por lo que el país tiene el derecho de eliminar del programa cualquier producto o beneficiario.
En el caso de EE.UU., Argentina había sido excluida del SGP en 2012, argumentándose como motivo el incumplimiento de pagos de acuerdo con fallos del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), en relación a los casos con las empresas de EE.UU. Blue Ridge Investments y Azurix Corporation. Estos pagos fueron efectuados en Octubre de 2013, pero Argentina nunca retornó.
EE.UU. concedía arancel cero a 538 posiciones de productos agrícolas argentinos, dentro de los que se encontraban los vinos, artículos de confitería sin cacao, conservas de carne, aceite de oliva, quesos, maníes y frutillas. Horacio Reyser, Secretario de Relaciones Económicas Internacionales, señaló que en 2011, último año en que la Argentina integró el SGP, los productos beneficiados registraron exportaciones por US$ 464 millones, lo que implicaba el 10% de las exportaciones totales a dicho destino.
Debe destacarse que el actual SGP dejará de estar vigente el próximo 31 de diciembre. Cada vez que sucede esto, el Congreso debe renovar la continuidad del Sistema, tal como lo realiza usualmente, con vigencia retroactiva al 1 de enero del año 2018, dando a los importadores el derecho a pedir un reembolso por los aranceles pagados. De hecho, la legislación anterior había expirado en Julio de 2013, configurando el intervalo de mayor demora para la renovación del sistema en 40 años. La nueva norma fue aprobada en julio de 2015, operando de manera retroactiva desde el 1ro de agosto de 2013 y estableciendo su nuevo vencimiento el 31 de diciembre de 2017.

