La UE ha conseguido prorrogar hasta el 11 de enero próximo el plazo para implementar las recomendaciones del fallo del OSD referido a la “moratoria de hecho” para la aprobación de productos biotecnológicos. Originalmente el plazo vencía el 21 de noviembre pasado. El OSD entendió oportunamente que los procedimientos de aprobación de eventos biotecnológicos en la UE eran “indebidamente retrasados”, reconociendo jurídicamente la existencia de la mentada “moratoria de facto”. Asimismo decidió que las medidas de prohibición de comercialización de OGMs establecida por algunos países europeos, a pesar de que gozaban de la aprobación y el aval científico a nivel comunitario, constituían una restricción injustificada por carecer de fundamento científico. Recordemos que entre 1998 y 2004 la UE no aprobó ningún evento agrícola biotecnológico, fundándose en que las preocupaciones políticas y públicas por este tipo de tecnologías la obligaban a reformular su marco regulatorio. Por tal motivo, en 1999, los líderes de 5 países comunitarios (Dinamarca, Francia, Grecia, Italia y Luxemburgo), necesarios para lograr las mayorías legales requeridas para la aprobación de este tipo de productos, se expresaron dispuestos a realizar cualquier acción para bloquear tales aprobaciones.
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