Siguen las quejas por restricciones a las importaciones Es muy poco probable que pueda concretarse una denuncia ante la OMC sobre el caso YPF, ya que no es un tema abarcado por los acuerdos de la organización. Asimismo, en la OMC se tratan cuestiones entre Estados, no entre Estados y particulares como en el presente. En cambio, esta cuestión puede dar fuerza a un panel sobre restricciones a las importaciones. Durante la reunión del Consejo del Comercio de Mercancías de la OMC, celebrada el pasado 30 de marzo, 14 Miembros presentaron una dura declaración contra la política comercial que viene llevando adelante la Administración Kirchner. Estos países, entre los que se encontraban EE.UU. y la UE, expresaron su “continua y profunda preocupación ante las medidas restrictivas a las importaciones tomadas por Argentina, las cuales están afectando negativamente las exportaciones a ese país desde un creciente número de Miembros de la OMC». Denunciaron que desde 2008 Argentina ha expandido significativamente la lista de productos sujetos a licencias no automáticas de importación, y que desde enero de este año aplica nuevas regulaciones para la aprobación de las operaciones de importación. En esa oportunidad también señalaron que estas medidas violan los acuerdos de la OMC, al crear largas demoras y aumentar los costos de muchos exportadores. Asimismo, el 27 de abril, en la reunión del Comité de Licencias de Importación de la OMC, varias delegaciones -Australia, Turquía, la UE, Noruega, Tailandia, EE.UU., Nueva Zelanda, Costa Rica, Colombia, Perú, China Taipei, Japón, Corea del Sur, Suiza y Canadá- señalaron su preocupación por las licencias no automáticas (LNA) y otras medidas aplicadas por la Argentina a una serie de productos de importación. Dichas delegaciones se quejaron de que las exportaciones de sus países a la Argentina se han visto afectadas. No es la primera vez que dicha preocupación es planteada ante este comité. En Octubre de 2011 también se planteó este tema, a pedido de varias delegaciones, incluidas la UE y EE.UU. La delegación argentina respondió que las estadísticas muestran lo contrario y que las compras a la mayoría de los reclamantes se están incrementando. Asimismo, señaló que las LNA aplicadas son legales, de acuerdo a las normas OMC. Debe recordarse que según las reglas de la organización, el procedimiento administrativo para conseguirlas debe ser transparente, sencillo y predecible, incluso facilitando su concesión rápida y automática en determinados casos. La OMC divide a las licencias de importación en automáticas, cuando se expiden automáticamente tras cumplir determinadas condiciones, y no automáticas, aquellas en que su otorgamiento demora entre 30 y 60 días. Ante mayores demoras, la jurisprudencia del Órgano de Solución de Diferencias de la OMC (OSD) entiende que el retraso indebido en el otorgamiento de LNA es considerado como una restricción ilegal a la importación. Si bien estos cuestionamientos carecen de efectos jurídicos, por no haber sido presentados en una instancia jurisdiccional; el gobierno argentino debería tomarlos como el antecedente previo al inicio de consultas formales ante el OSD, las cuales si podrían habilitar la aplicación de sanciones en contra de Argentina. Más aún, es probable que los países afectados, con la intención de evitar los dilatados tiempos de la OMC, acudan directamente a la adopción de contramedidas sobre las exportaciones argentinas, como lo hizo China en 2010 para el aceite de soja.
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ARGENTINA – RESTRICCIONES A LAS IMPORTACIONES
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