¿Cuáles son las consecuencias de las medidas en biodiesel? El pasado 10 de agosto el Gobierno argentino publicó en el Boletín Oficial dos medidas que cambian el paradigma de la industria nacional de biodiesel. La primera de ellas es la modificación de la alícuota del derecho de exportación al biodiesel, que pasa del 20 al 32%, al tiempo que se elimina el reintegro a la exportación previsto del 2,5%. Estos cambios representan un impuesto a la exportación final efectivo sobre el precio FOB declarado del biodiesel del 24,24%. La segunda, es un recorte en el precio de referencia de uso obligatorio en el mercado interno de biodiesel, que se estableció en 4.405,3 dólares por tonelada, un 15% inferior al del mes anterior. Con el fin de comprender el sentido de estas modificaciones, se analizan a continuación algunas consecuencias de las mismas. Si se mantuvieran constantes los precios internacionales, el cambio en los derechos de exportación provocaría una reducción del precio recibido por el procesador de biodiesel en sus ventas al exterior de 11,7%. Sin embargo, dada la importancia de Argentina en el mercado internacional, la medida provocaría un alza en el precio FOB, por lo que el impacto final sería algo menor, cercano al 6%, de acuerdo a estimaciones de la Fundación INAI. El precio recibido por ventas al mercado local, por lo tanto, sería el más afectado. La variación que se traslada al precio de los aceites sería pequeña, por lo que el margen del procesamiento de biodiesel local se vería perjudicado. Esta caída en el margen, a su vez, podría implicar un retroceso en la producción cercano a las 500 mil toneladas. Esta menor producción se traduciría en mayores exportaciones de aceite de soja y menores de biodiesel. Es interesante agregar que si se intentara aumentar el porcentaje de corte mínimo para compensar los cambios ocurridos, esto no representaría un incentivo importante a la producción de biodiesel dado que hoy no existe un precio en el mercado interno mayor que para la exportación. Al analizar las variables que podrían tener interés para el gobierno, se destaca que el aumento de la recaudación por derechos de exportación del complejo, neta de reintegros, no sería muy elevado. Por ejemplo, para un precio FOB de biodiesel de 1.200 USD/ton y exportaciones de 1,5 millones de toneladas el aumento en la recaudación es de 181 millones de dólares. Este cálculo simple no toma en cuenta que una menor producción de biodiesel aumentaría las exportaciones de aceite, que tiene una mayor alícuota. Considerando este efecto, el modelo cuantitativo de la Fundación INAI estima que el aumento rondaría los 250 millones de dólares, número que aún no llega a explicar por sí solo la decisión del gobierno. Un segundo factor que suele ser de interés para el gobierno es la generación de valor agregado. Sin embargo, la menor producción del sector, así como el menor margen recibido provocan un detrimento de esta variable. Lo mismo ocurre al considerar otros parámetros que son ponderados frecuentemente por el ejecutivo, como el empleo y las economías regionales. A la hora de comprender los fundamentos de la medida adoptada, debe considerarse un efecto adicional: el ahorro de 611 millones de pesos bajo el corte mínimo de 7%, o de 901 millones de pesos si el corte llega al 10%, que tendrían las mezcladoras de combustible diesel. Este cálculo surge de multiplicar la caída en el precio interno del biodiesel, de 790,49 pesos por tonelada, por el consumo local. Haciendo el supuesto extremo de que toda la diferencia se trasladara al precio final del gasoil, este podría disminuir, a lo sumo, $0,06 por litro con corte de 7%, o $0,09 por litro con el corte del 10%, cifras bajas en relación a los aumentos del gasoil en el último año. No obstante, aún cuando estas cifras puedan considerarse relevantes, deben estudiarse cuidadosamente los efectos que estas nuevas disposiciones tendrían en las diferentes empresas que integran el sector. Esto es especialmente importante si se considera que existen procesadores de escala reducida dedicados exclusivamente al mercado local (representando aproximadamente 500 mil toneladas ), que serían más afectados por la importante caída del precio interno que aquellos que se dedican también a la exportación. De esa forma, dado que el mercado interno debe estar abastecido (el consumo local es inelástico, determinado por la política de corte mínimo), ocurriría una caída de las exportaciones por el aumento de la cantidad destinada al mercado doméstico por los productores exportadores, ante el cierre de empresas cuya escala solo les permitía servir a un mercado local que antes pagaba un precio mayor. De acuerdo con los considerandos del decreto que instrumenta las modificaciones bajo estudio, el complejo oleaginoso y la producción de biodiesel son “actividades consolidadas, competitivas y de elevada rentabilidad”. Si bien es cierto que estamos ante un sector con un desempeño exitoso en los últimos años, la afirmación del decreto es incorrecta por dos motivos. Primero, se refiere al sector como un todo, sin tomar en cuenta las características particulares de las PyMES. Segundo, la actividad de producción de biodiesel no se puede considerar como consolidada porque el mercado mundial está sujeto a los movimientos de las políticas de los países que instrumentan mínimos de corte, lo que hace al sector más vulnerable. Un buen ejemplo de ello son las recientes medidas tomadas por España para restringir el ingreso de biocombustible proveniente de fuera de la UE. Nicolás Jorge Economista – Fundación INAI Leer en pdf »
EDITORIAL
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