Un avance y un retroceso: se suspendió a Venezuela y se avanzó en la adhesión de Bolivia. La representación brasileña aprobó su adhesión en el Parlamento del Mercosur pero aún resta que pase por algunas Comisiones de la Cámara de Diputados y el Senado.
El día 5 de agosto, los países fundadores del Mercosur tomaron la Decisión de suspender a la República Bolivariana de Venezuela en todos sus derechos y obligaciones inherentes a su condición de Estado Parte del bloque, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Ushuaia.
Como ya se ha explicado en el Boletín Nº 159, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático establece los pasos a seguir ante la ruptura del orden democrático en alguno de los Estados Partes (EP) firmantes. Dispone que en tal ocasión, los restantes EP promoverán las consultas pertinentes entre sí y con el estado afectado (Art. 4) y cuando las mismas resultaren infructuosas, “considerarán la naturaleza y el alcance de las medidas a aplicar, teniendo en cuenta la gravedad de la situación existente. Dichas medidas abarcarán desde la suspensión del derecho a participar en los distintos órganos de los respectivos procesos de integración, hasta la suspensión de los derechos y obligaciones emergentes de esos procesos” (Art. 5).
En este último sentido, y luego de que fueran infructuosas las consultas y el requerimiento al gobierno venezolano de adoptar medidas constitucionales concretas para asegurar la efectiva separación de poderes, el respeto al estado del derecho, a los derechos humanos y las instituciones democráticas, los EP del Mercosur definieron suspender a Venezuela del bloque. Dicha suspensión se haría efectiva a partir de la fecha en que se comunique la Decisión a la república bolivariana.
Según lo acordado, los EP definirán medidas tendientes a minimizar los impactos negativos de la suspensión. Esta última cesará cuando el gobierno venezolano restablezca el orden democrático (Art. 7 del Protocolo de Ushuaia). Durante el período de suspensión, toda norma que surja del bloque requerirá solamente la incorporación por parte de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, para su entrada en vigor[1]. Esto implica la exclusión de Venezuela en la toma de decisiones y dictado de normas del Mercosur mientras dure la suspensión.
En contraste, la Representación Brasileña en el Parlamento del Mercosur (Parlasur) aprobó el día 16 de agosto el texto del Protocolo de Adhesión de Bolivia al bloque regional, que fuera firmado el 17 de julio de 2015. Brasil es el único país que aún no la ha aprobado y con esta acción se encuentra un paso más cerca de hacerla efectiva. Aún resta que el Protocolo sea analizado por las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional; de Constitución y Justicia y de Ciudadanía de la Cámara de Diputados para luego pasar al Senado brasileño.
Una vez que Brasil concluya el proceso de aprobación y se efectivice la adhesión de Bolivia como miembro pleno del Mercosur, tendrá cuatro años desde la entrada en vigencia para adoptar la Nomenclatura Común del Mercosur, el Arancel Externo Común y el Régimen de Origen del Mercosur.
Según el Portal Brasil, una vez que ingrese Bolivia, el Mercosur se convertirá en un bloque de 300 millones de habitantes con un Producto Bruto Interno (PBI) de 3,5 billones de dólares.
[1] Según lo establecido en el Artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto.