Hacia fines del mes de agosto el gobierno argentino anunció una serie de medidas que afectarían las importaciones de ciertos productos particulares provenientes de China y otros países asiáticos. Las medidas fueron interpretadas por algunos analistas como un instrumento para aminorar el déficit comercial consecuencia de que, en el último tiempo, las importaciones de ese origen aumentaron a un paso mayor que las exportaciones argentinas a ese destino. Otras fuentes han atribuido las medidas a la dificultad de algunos sectores de Argentina para competir con bienes producidos en la China. China expresó su preocupación por las medidas, considerándolas intempestivas, y advirtió sobre la posibilidad de tomar contramedidas. Algunos funcionarios argentinos respondieron que se trata de medidas consistentes con las obligaciones del país en la OMC y que, en los casos pertinentes, se siguen las directrices de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Según se conoció en diversos medios, las medidas consisten en el establecimiento de licencias de importación no automáticas para algunos productos de la marroquinería del plástico, textiles y calzado, que requiere la inscripción previa a la importación en un registro de la Secretaria de Industria, Comercio y Pyme, declarando la composición de los productos a importar; se amplían las mercaderías que ingresan únicamente por “aduanas especializadas”, lo cual supone un control más estricto de la mercadería a ingresar (Resolución AFIP-DGA 1924/2005 y 50/2007); verificación de ciertos valores de importación a fin de evitar la subfacturación de mercadería (nota externa AFIP-DGA Nº 57/2007); la solicitud de certificados de calidad adicionales (denominados CHAS) para neumáticos y llantas; control más estricto de la mercadería importada por ciertos operadores; y, por último, alertas tempranas sobre mercaderías y marcas que podrían afectar la salud de la población. Los productos que deben ingresar por las aduanas especiales son algunos del rubro plástico, manufacturas de cuero, cerámicas y porcelanas, estufas, productos de vidrio, calderas, autopartes u otros productos del sector automotriz, relojes, instrumentos electrónicos y juguetes. Algunos observadores entendían que un inconveniente suscitado con algunos embarques de soja argentinos se debía a la implementación de estos mecanismos por las autoridades nacionales. Sin embargo, se supo que los embarques sólo fueron objeto de inspecciones sanitarias de rutina ante las sospecha de existencia de una plaga particular. Aunque algunos de los fundamentos de la medida puedan considerarse legítimos, convendría mantener las relaciones comerciales con el país asiático en un marco de mayor previsibilidad y visión de largo plazo.
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ARGENTINA – RESTRICCIONES A LAS IMPORTACIONES
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