El reciente -y muy difundido- rumor de que Argentina aplicaría trabas al ingreso de alimentos importados ha generado reacciones tanto en nuestro país como en nuestros socios comerciales. Hasta donde se sabe -y mas allá de los supuestos periodísticos- la norma no ha sido materializada en resolución o decreto alguno. El Gobierno argentino ha reiterado por medio de diversos funcionarios que no existen restricciones a las importaciones de Brasil o de la Unión Europea. Precisamente, estos han sido dos de los socios comerciales más preocupados por las eventuales medidas. Por el lado de Brasil, el presidente del Consejo de Comercio Exterior de la Federación de Industrias de Sao Paulo, Rubens Barboza, indicó que sí existían pruebas de tales restricciones por parte de las autoridades argentinas. Según aseveró, diversas empresas brasileñas que comercian con la Argentina “han visto suspendidas las órdenes de compras de las empresas argentinas a pesar de que no existe una orden escrita de parte del Gobierno”. Desde el gobierno brasileño, fue el secretario de Comercio Exterior, Welbar Barral, quien señaló que sólo tenían “rumores sobre suspensión de las importaciones argentinas de productos alimenticios”. Señaló que el comercio fronterizo continuaba desarrollándose normalmente, y que algunos problemas puntuales estaban siendo presentados al gobierno argentino en la búsqueda de una pronta solución. Por ultimo, ratificó que la política comercial de su país se basada en la reciprocidad con cualquier socio comercial y que las medidas de liberalización o de restricción serían siempre proporcionales al trato concedido a los exportadores brasileños. Mientras tanto, a finales de mayo un grupo de parlamentarios europeos realizó una visita relámpago al país y se reunió con la primera línea del gobierno argentino para promover el demorado acuerdo entre Mercosur y UE. En dicha ocasión, aprovecharon para dejar una llamativa sugerencia: evitar el proteccionismo. La comitiva estuvo encabezada por el presidente de la delegación para las relaciones con el Mercosur del Parlamento Europeo, Luis Yáñez-Barnuevo y por el vicepresidente del Parlamento Europeo, Gianni Pittella. Este último se encargó de remarcar que era necesario “trabajar de manera conjunta con América Latina para evitar que la actual situación de crisis económica internacional favorezca un retorno a posiciones comerciales defensivas y a formas de proteccionismo”. En referencia a la conducta de nuestro país, conviene recordar que las restricciones a las importaciones se encuentran, en general, prohibidas bajo las normas multilaterales del GATT/OMC; como asimismo, en el ámbito mercosureño. No obstante, se encuentran permitidas si se justifican legítimamente en la protección de la salubridad, la seguridad pública o se ha demostrado que ciertas prácticas desleales por parte de los competidores producen daños en la industria doméstica. Todo ello, siempre que se aplican de forma tal que no discriminen arbitrariamente entre situaciones similares. Una prohibición injustificada de las importaciones resultaría ilegítima aún sin que se sustente en la sanción/vigencia de normas de derecho positivo de cualquier índole (ley, decreto, resolución, decisión administrativa, etc). Ello por cuanto, probada la restricción “de hecho” se constituiría una “medida” incluida en el ámbito de aplicación de las normas multilaterales indicadas. Así lo ha expresado reiteradamente el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC (OSD), que ha señalado en el caso “Argentina – Pieles y cueros ” que no podía “caber la menor duda de que las disciplinas del párrafo 1 del artículo XI se aplican también a las restricciones de facto.” La utilización de diferentes mecanismos de corte proteccionista puede acarrear diversos resultados para nuestro país. Por un lado, pueden aumentar los cuestionamientos en la OMC. De hecho el 19 de mayo de 2010 la OMC recibió una solicitud de consultas por parte de Perú, sobre la aplicación por parte de Argentina de derechos Antidumping sobre Cierres de Cremallera y Cadenas del Perú. Por otro lado, pueden aumentar las represalias por parte de los socios comerciales a los cuales Argentina eventualmente imponga restricciones. Sin ir más lejos, una de las hipótesis que se manejan respecto al conflicto con China sobre aceite de soja, señala que el país asiático aplica las restricciones al ingreso como respuesta a que nuestro país no le otorga el tratamiento de economía de mercado y utiliza diversos mecanismos para frenar el ingreso de productos chinos. 1 Argentina – Medidas que afectan a la exportación de pieles de bovino y a la importación de cueros acabados. Pronunciamiento WT/DS155 /R. Párrafo 11. 17. Se trató de un caso iniciado en diciembre de 1998 por la UE contra Argentina por determinadas medidas aplicadas a la exportación de pieles de bovino y a la importación de cueros acabados
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ARGENTINA – RESTRICCIONES A LAS IMPORTACIONES
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