A principios de año entró en vigor el Reglamento (UE) Nº 978/2012, el cual establece un nuevo esquema para el Sistema Generalizado de Preferencias de la Unión Europea (SGP). El SGP implica una serie de concesiones arancelarias no reciprocas por parte de los países desarrollados hacia los países en desarrollo. Iniciados en la década del 60 en el marco de la UNCTAD a instancias de su entonces secretario, Raul Prebisch, existen en la actualidad diferentes esquemas de este tipo, como los de la UE, EE.UU., Rusia, y Japón. El reformado sistema europeo se focaliza en menos beneficiarios (89 países frente a los 176 del anterior); buscando, según afirman, asegurar un mayor efecto en aquellos que más lo necesitan. En relación a Argentina, al haber sido clasificada por el Banco Mundial como economía de renta media alta durante los últimos tres años (en base a su PBI per cápita) se encuentra entre los países que dejan de ser beneficiarios de este sistema, al igual que Brasil, Uruguay y Venezuela, entre otros. Los países que ya no acceden al esquema preferencial siguen siendo “elegibles”, aunque ya no son “beneficiarios”. Esto significa que, si su situación cambia, es decir si el Banco Mundial deja de clasificarlos como países de renta alta o media-alta, vuelven a convertirse en beneficiarios. Entre los productos argentinos del complejo CERyOL que entraban al mercado europeo con reducciones arancelarias se pueden citar: aceite de soja a granel (NMF entre 3,2% y 6,4%; con SGP 0% y 2,9% respectivamente); aceite de soja refinado a granel (NMF entre 5,1% y 9,6%; con SGP 1,6% y 6,1%); aceite de girasol a granel (NMF 3,2%, con SGP 0%); aceite de girasol refinado a granel (NMF entre 5,1% y 9,6%; con SGP 1,6% y 6,1%); y biodiésel (NMF 6,5%, con SGP 0%). Debe recordarse que la harina de soja actualmente tiene arancel 0%, sin necesidad del SGP.
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No va más.
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