La Argentina, resultó beneficiada con el fallo dictado el 21 de febrero por el Grupo Especial del Órgano de Solución de Diferencias de la OMC. La controversia legal entre Argentina y Chile comenzó con la solicitud de formación del panel (Grupo Especial) por parte de Argentina el día 19 de enero de 2001 por aplicación por parte de Chile de medida de salvaguardia y utilización de un sistema de bandas de precios sobre las importaciones de trigo, harina de trigo y aceites vegetales comestibles puros. El Grupo Especial se pronunció a favor de la Argentina en todas las alegaciones presentadas por nuestro país contra Chile. El dictamen es muy contundente y se expide ampliamente sobre la ilegalidad del sistema de bandas de precios en los términos del Acuerdo sobre Agricultura de la OMC, lo cual brinda un antecedente invalorable para cuestionar temas afines que perjudican las exportaciones argentinas, como el sistema de bandas de precios que aplica la Comunidad Andina, que tanto nos afecta, y el sistema de impuestos variables aplicado por la Unión Europea. Sin embargo, sabemos que Chile está presionando fuertemente a nuestro Gobierno para que ceda e impida que el Grupo Especial se pronuncie definitivamente. En caso de capitular, la actitud del Gobierno argentino significaría una enorme derrota para nuestro país en el plano de las negociaciones comerciales internacionales. El retiro de Argentina de la controversia implicaría en primer lugar la pérdida de todas las armas para la negociación comercial con Chile en los sectores involucrados y aún en otros sectores sobre los cuales Chile podría utilizar semejantes políticas restrictivas. En segundo lugar, la Argentina quedaría indefensa dentro de las tratativas comerciales desarrolladas frente a otros países que recurren a las mismas prácticas proteccionistas, como es el caso de la Unión Europea y la Comunidad Andina. En tercer lugar, quedaría reducida a la nada la credibilidad del país en las distintas esferas de negociación comercial internacional. Este último sería el mayor costo de una actitud como la que ahora se avizora. En este contexto Argentina quedaría confinada a ser un convidado de piedra en los foros internacionales, restándole toda capacidad para sostener sus reclamos, independientemente de los derechos que puedan asistirle. No hay antecedentes de un Estado Miembro de la OMC que, pudiendo valerse de un pronunciamiento arbitral favorable, haya cometido el desatino de renunciar a sus potenciales beneficios.
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