Brasil y Tailandia – Pollos. Según los medios de prensa, Brasil y Tailandia habrían ganado la pulseada a las Comunidades Europeas en el caso referido a la clasificación arancelaria del pollo salado y congelado. La clasificación arancelaria es la decisión de la autoridad competente por la cual un producto se corresponde con una “línea arancelaria” determinada, dentro del nomenclador arancelario, lo que determina cuál es el arancel aduanero que pagará al momento de importarse (por ejemplo el producto harina de soja, se corresponde con la línea arancelaria 23.04.00.10) En el año 2002, la Unión Europea decidió alterar la clasificación arancelaria del pollo salado y congelado, esto es, considerarlo bajo una “línea arancelaria” diferente. Hasta ese momento, el producto era considerado como “carne salada” (0210.99.39 del nomenclador europeo) y, a partir de allí, pasó a ser considerado como “pollos deshuesados, congelados y con un contenido de sal mayor al 1,2%” (0207.14.10. del mismo nomenclador). Este cambio de posición arancelaria significó en los hechos aumentar el arancel aplicado en un 75%, esto es pasar de un derecho ad-valorem del 15,4% a uno específico de € 102,4/100 Kg. netos. Esta modificación habría disminuido en un 80% las exportaciones destinadas a la UE, causando perjuicios por USD 300 millones a la industria aviar brasilera. Brasil alega que este cambio de clasificación arancelaria implica una restricción al comercio en tanto concede a la carne salada un trato menos favorable que el comprometido por la Unión Europea, como resultado de la Ronda Uruguay, en su Lista de consolidaciones arancelarias. El pronunciamiento del Grupo Especial, el tribunal de “primera instancia” de la OMC, aún no es público y se desconocen los argumentos avalando la postura del país vecino.
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