El pasado 5 de octubre los líderes de Australia, Brunei, Canadá, Chile, Estados Unidos, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam concluyeron exitosamente las negociaciones para un Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP). Lo que se dio a conocer como el “Acuerdo del Siglo XXI” forma parte del proceso de negociaciones mega-regionales que los principales países del mundo han emprendido para modificar las reglas globales de comercio e inversión, convirtiéndose en el tratado comercial más grande del planeta después de la OMC.
Muchos países de la región han declarado su intención de unirse, para lo que necesitarán de la aprobación de cada uno de los actuales Miembros. Algunos de los candidatos son Corea del Sur, Indonesia y Filipinas.
Sus disciplinas son más estrictas que las vigentes en la OMC y otros acuerdos regionales, y abarcan áreas hasta el momento no reguladas por el sistema multilateral de comercio. Entre ellas: intercambio de bienes, reglas de origen, facilitación del comercio, medidas de defensa comercial, medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos técnicos, inversiones, servicios, telecomunicaciones, comercio electrónico, políticas de competencia, empresas de comercialización estatal, compras públicas, propiedad intelectual, estándares laborales y medioambientales, cooperación, desarrollo, pequeñas y medianas empresas, coherencia regulatoria, transparencia y normas anticorrupción, y solución de controversias.
La extensión de los textos dificulta una rápida evaluación de sus consecuencias. Sin embargo, en términos generales, el acuerdo presenta amplios beneficios para sus Miembros a través de eliminación de barreras arancelarias y no arancelarias al comercio recíproco.
En acceso a mercados, se han conseguido reducciones arancelarias para el 90% de las líneas. La mayor parte al momento de entrada en vigor del acuerdo, y las restantes a medida que se cumplan los cronogramas de desgravación. A estas ventajas se suma la posibilidad de acumulación de origen, que estimulará las redes de producción intra-regionales.
En el capítulo sobre normas laborales, se establece que todos los países deberán cumplir con las obligaciones que surgen de la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo de 1998 relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Aunque se incluyen compromisos contra la importación de bienes producidos a costa de trabajo forzado, las Partes también se comprometieron a no utilizar estas normas en forma de proteccionismo encubierto. Se establecieron, además, “planes de consistencia” con algunos países, como el que dispone el compromiso de Vietnam de permitir la conformación de sindicatos.
El apartado sobre medio ambiente, por su parte, es considerado por muchos expertos como el más importante de su tipo a la fecha, resultando ser un primer paso para lidiar con temas importantes como la protección a la capa de ozono, la contaminación por barcos, la pesca, la tala de bosques y el comercio ilegal de especies en extinción. Sus objetivos son promover que las políticas comerciales y ambientales se apoyen mutuamente, y lograr el cumplimiento efectivo de leyes y convenciones internacionales en la materia. Mientras reconocen el derecho de cada nación de establecer sus propios niveles de protección ambiental, las Partes reafirmaron el compromiso de que las medidas necesarias no deben constituir restricciones arbitrarias o injustificadas al comercio. Uno de los principales avances es la eliminación de las subvenciones a la pesca que perjudican a las poblaciones sobreexplotadas.
Un tema candente ha sido el de la protección de las inversiones y el sistema de solución de controversias inversionista-Estado (ISDS). Los países se han otorgado trato nacional y de nación más favorecida, así como estándares mínimos de tratamiento para la inversión en todos los sectores, salvo los incluidos en las listas de excepciones por país. Si bien las empresas podrían recurrir políticas que afecten sus intereses ante el mencionado tribunal, se ha dejado claro el principio de los Estados de legislar en función del interés público.
Otro de los capítulos controvertidos fue el de propiedad intelectual, debido a la ambiciosa agenda propuesta por EE.UU. Según analistas, sus disposiciones no sólo superan el acuerdo sobre derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio de la OMC (ADPIC), sino también los acuerdos regionales suscritos hasta el momento. En efecto, este apartado establece un precedente importante debido a que contiene disposiciones relativas al reconocimiento y protección de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados. El capítulo incluye medidas de transparencia y debido proceso para la protección de nuevas indicaciones geográficas, incluidas aquellas reconocidas o protegidas a través de acuerdos internacionales.
El TPP sigue el curso de anteriores acuerdos, en los cuales el sector farmacéutico ha ocupado un lugar central que se ha traducido en mayores niveles de protección tanto de patentes como de datos de prueba. Entre las disposiciones que generaron mayor debate se encuentra la relativa a la protección de los datos de prueba de los llamados productos biológicos.
Agricultura
En lo que refiere a la agricultura, si bien muchos productos se han declarado sensibles, sujetos a menores reducciones arancelarias y plazos de implementación más largos, se han conseguido grandes avances para una amplia variedad bienes.
Particularmente, deben destacarse las concesiones que ha realizado Japón, para el ingreso de alimentos a su protegido mercado agropecuario. En carne bovina, por ejemplo, reducirá el arancel de 38,5% a 27,5% al momento de entrada en vigor del acuerdo, que llegará luego a 9% en el plazo de 15 años. Estará vigente una salvaguardia que se activaría en el caso de que las importaciones suban por encima de las 600 mil toneladas, nivel que irá aumentando con los años.
Por su parte, negociadores estadounidenses y neozelandeses resaltaron los logros obtenidos a través de apertura de cuotas y rebajas arancelarias para el acceso a los mercados de carne bovina en Canadá y México; carne aviar en Vietnam; carne porcina en Japón; carnes procesadas en EE.UU. Canadá y Japón; productos lácteos en Canadá, EE.UU., Japón, Malasia, México y Vietnam; vinos en Japón, Malasia, México, Perú, Vietnam, Canadá y EE.UU; aceite de soja en Japón; y frutas y vegetales en Japón y EE.UU.
No obstante, los principales beneficios del acuerdo provendrían de la eliminación de BNAs. En este sentido, el TPP consagra el principio de que las reglas en materia sanitaria y fitosanitaria deben ser transparentes, no discriminatorias y estar basadas en conocimiento científico y un adecuado análisis de riesgo. Reafirmando sus derechos a la protección de la vida y salud humana, animal o de las plantas, los países declaran que estas reglas no deben dar origen a trabas injustificadas al comercio. EE.UU. pretende utilizar estos acuerdos para sumar masa crítica a su disputa con la UE en torno a la vigencia del principio precautorio.
Para evitar demoras innecesarias al comercio, el capítulo sobre MSF dispone que los países deben comunicar a su contraparte en un plazo de siete días si el ingreso de un cargamento es prohibido o restringido por razones vinculadas a la seguridad alimentaria o la salud animal o vegetal. Asimismo, para ayudar a una resolución temprana, se establece un mecanismo de consulta en virtud del cual los organismos pertinentes trabajarán bilateralmente para encontrar soluciones basadas en la ciencia a las disputas que puedan emerger. Cuando estas consultas no resuelvan una cuestión, las Partes podrán recurrir al mecanismo de solución de diferencias del acuerdo.
Finalmente, los Miembros adoptaron disciplinas más estrictas a las establecidas por la OMC en restricciones a la exportación; prohibieron el uso de derechos de exportación, salvo para productos listados en un anexo; se comprometieron a no aplicar subsidios a la exportación en los envíos intra-bloque; y aprobaron medidas para promover la transparencia y el acceso a la información respecto de regulaciones que afectan el comercio de productos biotecnológicos.
Implementación e impactos
El acuerdo entrará en vigor luego de concluidos los procesos de ratificación. Si pasados dos años desde su firma, que se espera para febrero de 2016, no se ha logrado la ratificación de los 12 Estados Parte, el tratado regirá una vez que al menos 6 países que representen más del 85% del comercio del bloque hayan aceptado su implementación. Estos trámites no estarán exentos de dificultades, especialmente en EE.UU. donde el presidente Barack Obama ha dejado en claro que pretende la aprobación del Congreso lo antes posible.
El objetivo estadounidense va más allá de potenciar la inserción de sus empresas en las cadenas globales de valor con centro en la región. Ante el estancamiento de la Ronda Doha y el surgimiento de otras instancias mega-regionales lideradas por China, Obama ha expresado que el TPP constituye un medio para que EE.UU. logre modificar las reglas de comercio e inversión a su interés, a través del establecimiento de estándares y regulaciones que luego deban ser cumplidos por el resto de los países del mundo.
Por este motivo, la conclusión del TPP y el avance del resto de los mega-acuerdos interpelan doblemente las políticas comerciales de los países que, como Argentina, no participan de ninguno de ellos. Sus exportaciones no solo podrían verse afectadas por el hecho de que sus principales competidores consiguen ventajas comerciales y reducen los costos de comerciar con los principales mercados. Según estimaciones de la Fundación INAI las ventas argentinas de productos agroindustriales caerían en un 8% hacia EE.UU., y 3,6% hacia Chile. A lo que habría que sumarle un recorte en las posibilidades de crecimiento futuro del comercio.
Si las normas negociadas son luego multilateralizadas de facto, quienes se quedan fuera de estos acuerdos deberán de todas maneras cumplir con sus más estrictas disciplinas. El cumplimiento de estándares más elevados diseñados a medida de terceros países demandará transformaciones productivas y tecnológicas que resultarán en aumento de costos e incluso pérdida de mercados. Asimismo, se perderían grados de libertad en el manejo de las políticas productivas y comerciales sin obtener ninguna compensación a cambio.
De esta manera, resulta prioritario que quienes no forman parte de las actuales iniciativas mega-regionales se aboquen a la implementación de políticas de comercio y negociaciones activas, que les permitan no solo evitar el posible desvío de comercio, sino también involucrarse en el diseño de un marco normativo futuro que potencie sus posibilidades de inserción.

